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TERMINOS Y CONDICIONES, ​NORMAS 

Estimado(a) líder empresario independiente:

Bienvenido a la red de empresarios “Ángel Breña”, felicito tu decisión de construir

un negocio independiente en la industria de mayor crecimiento en el mundo: la

industria del bienestar, con la mejor propuesta integral del mercado, el multi

crecimiento “Ángel Breña” que te otorgará salud física, salud emocional y salud

financiera.

Contamos con alimentos nutracéuticos, funcionales y bioquímicos, únicos en el

mercado con el mejor plan de compensaciones, que traslada el mayor porcentaje

de comisiones, y la visión de ser un movimiento multinacional con miles de

personas que expandan la riqueza, el bienestar, y la salud en el mundo.

 

CÓDIGO DE ÉTICA PARA EMPRESARIOS “ÁNGEL BREÑA”

“AMOR AL PRÓJIMO, LEALTAD, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y RESPETO”

Para hacer tu negocio propio, como empresario independiente de la empresa

“Ángel Breña” y obtener los mayores beneficios, debes entender que ello

dependerá del tiempo y la constancia que le dediques a tu negocio y al

seguimiento de los siguientes principios:

1. EL EMPRESARIO, si bien administrará su propia actividad, deberá acatar las

reglas y normas de la empresa “Ángel Breña” que serán publicadas en los

manuales, instrucciones y cualquier otra comunicación.

2. EL PATROCINADOR, está en la obligación de capacitar a su línea

descendente para el procedimiento de pedidos y envíos de productos, según su

jurisdicción.

3. LA EMPRESA tiene la potestad de anular los códigos que no presenten

compra de activación dentro de los 6 meses de realizada la afiliación, y tiene la

autonomía propia de retirar los códigos de los afiliados que no cumplen con las

normas, el afiliado acepta que es inapelable dicha anulación del código.

4. Está terminantemente prohibido que el distribuidor desarrolle

reclutamiento en las instalaciones o alrededores de centros de distribución y/o

por medios virtuales como redes sociales, publicaciones, o mensajes subliminales

para otras compañías multinivel, serán sancionados con anulación del código.

a) Se considera perjuicio o daño a la empresa cualquier acción de

desprestigio o daño a la misma.

b) El afiliado es socio comisionista o distribuidor independiente libre de

retirarse de la empresa cuando lo crea pertinente.

c) La empresa es autónoma en la dirección y gestión sobre la forma de

conducir la empresa

d) Ni la empresa ni el afiliado tienen obligación bilateral tomando las

acciones bajo el principio de buena fe, y él tiene el desarrollo de las

actividades económicas y comerciales debiendo ser siempre de beneficio

para ambos.

5. Para acceder a mayores beneficios de bonificación el afiliado comisionista,

líder o empresario independiente, deberá estar enfocado solamente en los

objetivos de la empresa.

6. El afiliado comisionista o empresario independiente para acceder a

mayores bonificaciones deberá sí o sí tener activos mínimo a sus 4 afiliados

directos quienes deberán desarrollar el negocio que consiste en promover, afiliar,

distribuir y vender.

7. El afiliado comisionista o empresario independiente acepta que no existe

ningún contrato de por medio, quien está obligado a declarar sus impuestos y a

regirse a las normas tributarias nacionales vigentes.

8. El afiliado comisionista o empresario independiente entiende claramente

en la plenitud de sus facultades y declarar bajo juramento de buena fe entender

que los productos “Ángel Breña” son alimentos para fortalecer el organismo en

ningún caso se manifestarán las palabras “cura o previene” estos productos no

son medicina alguna ni pretenden reemplazar medicamento alguno y antes de

consumir los productos el usuario deberá consultar a su médico e informarse bien

sobre los contenidos de cada producto.

9. Las bonificaciones o puntos ganados se le entregará en productos o

efectivo previo pago de impuestos.

10. El nuevo afiliado o inscrito acepta todo lo manifestado anteriormente en

este documento, a la vez reenviado a su celular SMS, se encuentra en la página

oficial, en el WhatsApp oficial, también enviado a su correo personal.

11. Está terminantemente prohibida la venta de los productos donados por la

empresa “Ángel Breña”. Los productos donados no podrán ser comercializados

por ningún motivo, si es que se comprueba su comercialización se sancionará al

afiliado comisionista o empresario independiente con anulación de código.

He leido y Acepto
INGRESE A SU OFICINA
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normas

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